PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer del recurso de apelación planteado el 11 de mayo de 2012, por la abogada Elsa Morazzani, mayor de edad, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº. V-628.120, e inscrita por ante el Inpreabogado bajo el Nº 5.178, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Francisco Carpio Morazzani, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 12.421.142, en contra del auto dictado el 4 de mayo de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, DECLINA, la competencia por ante el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que previno en su conocimiento.
SEGUNDO: consecuente con lo decidido, se ordena remitir el presente expediente, al Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil .....