Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ADMITE el recurso de casación anunciado por el abogado Luis Lesseur, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.68.170, actuando como apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 30 de junio de 2014, en el juicio que por cumplimiento de contrato de fianza incoara la sociedad mercantil SEGUROS PIRÁMIDE, C.A., contra la sociedad mercantil INSTAELECTRIC SERVICIOS, C.A., y los ciudadanos GONZALO MANRIQUE RIERA y MARÍA VICTORIA LUCCA de MANRIQUE.