Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 26 de febrero de 2015 por el abogado en ejercicio ARTURO DE JESÚS CRESPO MORA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 16.679, actuando en su propio nombre como parte actora en la presente causa, contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 18 de febrero de 2015, en el juicio que por partición de comunidad ordinaria incoara contra el ciudadano ANTONIO MARÍA MORA.