Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado PEDRO BETANCOURT, actuando en su propio nombre y en defensa de sus derechos e intereses, contra la decisión proferida en fecha 04 de octubre de 2007, por Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, por lo cual se REVOCA el fallo recurrido.
SEGUNDO: SE ORDENA LA CONTINUACION DEL PROCEDIMIENTO de Estimación e Intimación de Honorarios interpuesta por los Abogados PEDRO BETANCOURT LOPEZ y MIRNA BETANCOURT CAMERO.
TERCERO: Por interpretación en contrario del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que prosperó la apelación ejerc.....