Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Sin Lugar, el recurso de apelación intentado por la Sociedad Mercantil ROCALSEIS INMOBILIARIA, C.A. contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2011, proferida por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la acción que por Desalojo intentara la referida Compañía Anónima en contra del ciudadano REINALDO RAMOS QUINTERO.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión apelada de fecha 29 de abril de 2011 proferida por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO interpusiera ROCALSEIS INMOBILIARIA, C.A. contra el ciudadano REINALDO RA.....