Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la abogada BLANCA M. ESCALANTE OROZCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 18.029, en su condición de apoderada judicial de la parte recurrente IGLESIA PENTECOSTAL DIOS ES AMOR, mediante la cual ejerció recurso de casación contra la decisión dictada por éste Tribunal en fecha 07 de octubre de 2.011, que declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto contra el auto de fecha 29/07/2011 dictado por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas