Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: Se NIEGA el recurso de casación, anunciado en fecha 04 de febrero de 2021, por la abogada YESENIA PIÑANGO MOSQUERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 33.981, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte oferida, sociedad mercantil MANUFACTURAS DE PAPEL, C.A. (MANPA), contra la sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 14 de diciembre de 2020, en la presente solicitud que por OFERTA REAL Y DEPÓSITO incoara contra la referida empresa, la sociedad mercantil TURBOVEN MARACAY COMPANY INC.
Segundo: Por cuanto la presente decisión se dicta.....