Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26, 49 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: La NULIDAD de la sentencia apelada, de fecha doce (12) de agosto de 2022, dictada por el Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la presente demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoara la ciudadana ENOELIA MELIN DE CERDEIRA contra de la sociedad mercantil SERVICIOS MASGAR C.A, en consecuencia de ello, se REPONE LA CAUSA al estado de que sea practicada nueva citación de la demandada de autos, en la dirección suministrada y señalada de mane.....