Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el ciudadano JOSE ANGEL BALZAN abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 7.950, actuando en representación de la ciudadana AMPARO PEÑA DE BLANCO, venezolana, viuda, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-2.939.585, contra el auto de fecha 01 de Octubre de 2.007,proferido por el JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SEGUNDO: SE REVOCA, el auto de fecha 01 de Octubre de 2.007,proferido por el JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL .....