En razón de las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; PRIMERO: CON LUGAR la apelación del abogado Max Coloma Gayoso, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, en fecha 11 de julio del 2007, (f.365, 3ª pieza), en contra de la sentencia de fecha 07 de junio del 2007, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SIN LUGAR, la apelación efectuada por el abogado Edgar Fernández Benshimol, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, en fecha 14 de junio y 19 de julio del 2007, en contra de la referida sentencia de fecha 07 de junio del 2007. TERCERO: Se REVOCA la decisión apelada, proferida en fecha 07 de junio del 20.....