Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 12, 242, 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Constitución Bolivariana de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
Primero: Se NIEGA, el recurso de casación anunciado en fecha 16 de julio de 2021, por la abogada CARMEN ALICIA EPALZA GELVIZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 29 de junio de 2021, en el presente juicio que por NULIDAD DE ASAMBLEA sigue la ciudadana MÓNICA ACOSTA BOND contra la sociedad mercantil ACTIMARKET SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A. y contra los ciudadanos JOSEPH ANTABI DICHI, SIMÓN TACHE MALCA, SIMÓN.....