Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 13 de octubre de 2022, por el ciudadano Lucio Muñoz Montilla, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano ANNUNZIATO PIZZIMENTI MORO, contra la decisión de fecha 29 de septiembre de 2022, dictada por el Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la oposición efectuada por la parte demandada, en contra de la medida preventiva de secuestr.....