Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado en fecha 10 de marzo de 2015 por el abogado en ejercicio Roberto Gómez González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 39.768, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 3 de marzo de 2015, en el juicio que por intimación de honorarios profesionales incoara el abogado ALFREDO RAMPHIS JIMÉNEZ CASANOVA contra la sociedad mercantil VENEZUELAN DEVELOPMENT CORPORATION C.A. y el ciudadano JUAN CARLOS CALDERON ORTIZ.