PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición con fundamento en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, y, la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 07 de agosto del 2003, Nº 2140, propuesta por la Dra. BELLA DAYANA SEVILLA, en su condición de Juez del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por NULIDAD DE VENTA sigue el ciudadano MESSOD ALMOSNY BENSAZI contra el ciudadano SAMUEL DAVID TANGIR CEBALLOS.
. SEGUNDO: Remítanse oficios dirigidos al Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (Juez Inhibida) y al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ( Juez Sustituto ), participándole de la presente decisión en cumplimiento al fallo dictado por .....