acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir copias certificadas de lo antes señalado, así como de la diligencia que lo solicita y del presente auto que lo acuerda, la cual lo suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda librar oficio a la Oficina de Registro Civil del Municipio Turístico El Morro del Estado Anzoátegui, así como a la Oficina Principal del Registro Civil del Estado Anzoátegui, a los fines de que estampen la nota marginal correspondiente, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 21.05.2012, mediante la cual se le concedió fuerza ejecutoria en el territorio de la Republica Bolivariana de Venezuela a la sentencia dictada en fecha 09.03.2011, por el Tribunal de Primera Nº 07 de Móstoles Madrid-España mediante la cual declaró con lugar la petición de divorcio por consentimiento mutuo, decretando roto y disuelto el vinculo.....