PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora, sociedad mercantil GRUPO SAMP C.A., contra la providencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, de fecha 15.04.2011.
SEGUNDO: Confirma la providencia de fecha 15.04.2011, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, pero con distinta motivación.
TERCERO: Remítase el presente expediente al Tribunal aquo, una vez quede definitivamente firme el presente fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese.