SIN LUGAR la recusación, interpuesta por el abogado José Gregorio Romaniello, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.265, en su carácter de apoderado Judicial de la parte demandada, dicha recusación fue planteada en contra del Dr. Ricardo Sperandio Zamora, Juez temporal del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en el causal 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con el articulo 98 ejusdem, se ordena a la parte recusante, pagar una multa de dos bolívares fuertes (Bs. F..2.00).