CAPITULO III
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con los Artículos 12, 242, y 243 del Código de Procedimiento Civil y 26 de la Constitución de la República, por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación intentada por la parte demandada, sociedad mercantil BIOEXYPLANTS LABORATORY C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, de fecha 22.11.2011, que declaró CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES VAPA04 C.A., en contra de la sociedad mercantil BIOEXYPLANTS LABORATORY C.A.
SEGUNDO: CONFIRMA, la sentencia de fecha 22.11.2011, dictada por el Tribunal Vigésimo Cuarto de Munici.....