-III-
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la tercero interviniente, contra el auto de fecha 6 de diciembre de 2020, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible, la TERCERÍA (Ord. 1° Art. 370 CPC)
SEGUNDO: SE ORDENA admitir la TERCERÍA (Ord. 1° Art. 370 CPC) incoada por la ciudadana ANA CECILIA TEHERAN EVIA contra la ciudadana GLADYS BALI DE FINOL, ADMINISTRADORA JOASA S.R.L. y en contra de los ciudadanos NELLY BALI DE SAYEGH, MIRIAM BALI DE ALEMAN y EMILIO BALI ASAPCHI, estos tres últimos mencionados, en forma personal y como Vicepresidentes de la.....