PRIMERO:CON LUGARel recurso de hecho interpuesto por el abogado IVAN D. PAREDES CALDERÓN, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los No. 232.750, quien actúa en representación de los Ciudadanos SPENCER JOSUE PIZARRO RAMIREZ y LEONIDAS PIZARRO ZAPATA, el primero de nacionalidad venezolana y el segundo de nacionalidad peruana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nos. V-22.356.158 y E-81.653.507, respectivamente.
SEGUNDO: Se anula el auto de fecha 13 de junio de 2023, dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO:Se ordena oír la apelación efectuada el 9 de junio de 2023, por la parte demandante del auto de fecha 2 de junio de 2023, en el sólo efecto devolutivo.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
La presente decisión se dicta dentro del lapso de ley correspondiente.
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