Este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO en los mismos términos explanados en el escrito presentado en fecha 20 de noviembre de 2017, por las ciudadanas Dilcia Elena Quevedo Núñez y Verónica Elena Cubek Quevedo, por conducto de su apoderado judicial, abogado Virgilio Adolfo Fernandez, a favor de Banesco Banco Universal, C.A, ampliamente identificados, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose como consecuencia en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.