PRIMERO: Procedente la declinatoria de competencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictada en fecha 14 de marzo de 2007, y procedente el recurso de Regulación de Competencia, interpuesto por la abogada KARJULYGLET BETANCOURT QUINTERO, en su carácter de apoderada de la parte actora, ciudadana EGLET DEL CARMEN QUINTERO BORRERO, ambas abogados en ejercicio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 121.983 y 25.764.
SEGUNDO: Se declara competente para conocer de la presente causa, al Juzgado de Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, ofíciese al Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial, a los fines de la remisión del expediente al Tribunal de .....