PRIMERO: CON LUGAR la apelación intentada por la apoderada judicial de la parte actora, MARÍA FLORES RODRIGUEZ, en contra del auto dictado en fecha 05.08.2011, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: REVOCA el auto dictado en fecha 05.08.2011, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: ORDENA al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a reanudar la presente causa y en caso de declararse con lugar la misma deberá verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra los Desalojos Arbitrarios. Cúmplase.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.