PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogado Margot Rodríguez Cohen, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Oricao, contra de la decisión de fecha 03 de diciembre de 2010, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
SEGUNDO: SE CONFIRMA, con distinta motivación la sentencia de fecha 03 de diciembre de 2010, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
TERCERO: SE DECLARA LA NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO, aplicado a los socios Carlos Méndez y Arelis Teresa Rivas de Méndez, por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao. CUARTO: Se ordena a la Junta Directiva del Club Oricao, permitir la entrada a los ciudadanos Carlos Méndez y Arelis Teresa Rivas de Méndez titulares de la acción Nro. 0262-1.....