DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada el 16 de marzo de 2016, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transcrito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que ordenara la reposición de la causa en el juicio de cumplimiento de contrato que incoara la Sociedad Mercantil PROTOCOLO TOURS VIAJES Y TURISMO, C.A., contra la también Sociedad Mercantil INVERSIONES INMOBILIARIA 13.244, C.A., ambas identificadas, la cual queda REVOCADA en todas y cada una de sus partes.
Segundo: SE ORDENA que el juicio principal c.....