III
DECISIÓN
Por el razonamiento antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada en fecha 22 de abril de 2014, por el abogado ELIO QUINTERO LEON, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, por una parte, y por la otra JOSE SALCEDO VIVAS, apoderado judicial de SELECCIONES DE SELEMAR, C.A. y BERCID, C.A.
Se ordena expedir dos (2) juegos de copias certificadas de la referida homologación de la transacción y del acta de fecha 29 de abril de 2014, previa consignación de los fotostatos.
Déjese copia de la presente decisión en el copiador de sentencia de este Despacho.