Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: CON LUGAR la Inhibición, con fundamento en el criterio jurisprudencial, establecido en sentencia N° 2140 de fecha 07 de agosto de 2003, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Dr. José Manuel Delgado Ocando, por encontrase incurso en causas distintas a las expresadas en el artículo 82 numeral del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por el ciudadano LUIS ALBERTO PETIT GUERRA, en su condición de Juez del Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante acta de fecha 30 de noviembre de 2012.
Asimismo, se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscr.....