III
DECISION
En consecuencia, de lo antes planteado, quien juzga procede a aclarar que lo correcto en el último párrafo del Capítulo III y en el punto primero del Capítulo IV denominado "DISPOSITIVO", en cuanto a la fecha del auto de admisión es: "(...)el auto de admisión de la demanda de fecha primero (1ro) de abril del año dos mil once (2011) (...)." ASÍ SE ESTABLECE.
Téngase la presente aclaratoria como parte integrante de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 16 de septiembre de 2013.
Asimismo, Se ordena dejar copia certificada de sentencia y de la presente decisión en el copiador de sentencia de este Tribunal.