Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 23 de julio de 2010, por la abogada GENOVEVA MONEDERO NAVARRO en su carácter de Defensora Judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 8 de marzo de 2010, dictada por el Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda CONFIRMADA en toda y cada una de sus partes.
SEGUNDO: Se condena en costas del recurso a la parte perdidosa, conforme lo establece el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese Copia Certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de P.....