III
DECISIÒN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: CON LUGAR la Inhibición, fundamentada en el artículo 82 ordinal 15°, del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por la ciudadana Anabel González González, en su condición de Jueza Décimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Asimismo, se ordena notificar del presente fallo al Juez inhibido, y remitir copias certificadas de la presente decisión al Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que con ocasión de la presente incidencia, conoce actualmente del juicio principal. Líbrense oficios correspondientes.