Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad y reposición propuesta por la representación judicial de la parte demandada reconviniente, en su escrito de informes presentado ante el a quo en fecha 10 de abril de 2019. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la impugnación de la cuantía de la reconvención realizada por la representación de la parte actora reconvenida. TERCERO: SIN LUGAR la adhesión a la apelación interpuesta por el abogado TERESO DE JESÚS BERMÚDEZ SUBERO, en su condición de apoderado judicial de la parte actora reconvenida. CUARTO: SIN LUGAR la demanda principal de RESOLUCIÓN DE CONTRATO e INDEMNIZAZIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por la empresa LA SEMANA TEXTIL, C.A., cont.....