En atención a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, declara:
PRIMERO: INADMSIBLE la recusación interpuesta en fecha 06 de febrero de 2017, por el abogado SERMES OSWALDO FIGUEROA LÓPEZ, actuando en representación de las sociedades mercantiles CONFECCIONES PARAMOUNT C.A. y CREACIONES BOND C.A., y del ciudadano ELIAS ROSEMBERG RIMER, contra la Dra. CAROLINA GARCÍA CEDEÑO, Juez Provisorio del Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en los ordinales 15º y 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por nulidad de asamblea sigue la ciudadana FELICITAS KORT DE ROSEMBERG, contra la sociedad m.....