Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ACTUANDO COMO TRIBUNAL DE ALZADA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho propuesto por el abogado ARTURO PELLES CARDOZO, actuando en su propio nombre y representación contra el auto de fecha 22-10-2014, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, la cual negó el recurso de apelación ejercido contra el auto del 14-10-2014, que negó librar nuevo mandamiento de ejecución. En consecuencia, se ORDENA al mencionado Juzgado oír en ambos efectos la apelación ejercida por el Abogado ARTURO PELLES CARDOZO en fecha 16-10-2014.
Queda así REVOCADO el auto recurrido.
Publíquese, regístrese y diarícese.
Dada, firmada y sellada en la Sal.....