Por las razones anteriores, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley, declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido por el abogado JUSTO ASDRUBAL GUEVARA GUTIERREZ, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana MARIA ELISABEHT CELIS PEÑA, plenamente identificada en el encabezamiento de esta decisión, en los términos contenidos en la misma y en consecuencia, la sentencia recurrida adquiere firmeza y fuerza de cosa juzgada. SEGUNDO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones al a quo.
Igualmente se ordena la devolución de los originales que corren insertos a los folios 08 al 25, y del 55 al 90, dejándose en su lugar copias certificadas, previa consignación de los fotostatos necesarios, de conformidad con lo establ.....