declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de NULIDAD DE LA SENTENCIA RECURRIDA, proferida en fecha 17 de diciembre de 2013, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, invocada por la parte recurrente.
SEGUNDO: SIN LUGAR los recursos de apelación ejercidos por la sociedad mercantil NESTLÉ VENEZUELA S.A., y por la parte demandante, ABASTICO VIRTUAL C.A., contra la decisión del 17 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: RESUELTO EL CONTRATO DE SERVICIOS suscrito en fecha 08 de junio de 2001, por la sociedad mercantil NESTLÉ VENEZUELA, S.A., y la sociedad mercantil ABASTICO VIRTUAL, C.A.
CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE SERVICIOS, interpusiera la sociedad mercantil ABASTICO VIRTUAL C.....