DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho propuesto por los Abogados JUAN JOSE FIGUEROA TORRES y FRANCISCO JIMENEZ GIL, actuando en nombre y representación de las sociedades mercantiles PETROSODA C.A. y PETRUS CONSULTANT CORP, contra Auto del 15-03-2007, dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, a través del cual negó el recurso de apelación ejercido contra la decisión del 24-01-2007, que negó las medidas solicitadas. En consecuencia, se ordena al citado Juzgado oír en un solo efecto la apelación ejercida contra el citado fallo.
Queda así REVOCADO el auto recurrido.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de .....