Por todas las razones expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley fija el lapso de treinta (30) días de despacho, para dictar sentencia en la presente causa, los cuales comenzarán a computarse una vez conste en autos la notificación de la referida Fiscal del Ministerio Público.- ASI SE DECLARA.-
PUBLIQUESE y REGISTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.- En Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de Octubre de dos mil seis (2006). Años: 196º y 147º.-
EL JUEZ,
CESAR DOMINGUEZ AGOSTINI
LA SECRETARIA ACC.,
ENEIDA VASQUEZ
En esta misma fecha siendo las 1:30 p.m. previa las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior decisión.-
LA SECRETARIA ACC.,
ENEIDA VASQU.....