En consideración a los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 27 de junio de 2016 (F.163-167), por el abogado Oswaldo Antonio Matos Montilva, apoderado de la parte demandada, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 07 de junio de 2016 y cuyo extenso por escrito fue publicado en fecha 20 del referido mes y año, por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por el ciudadano EZEQUIEL ZAMORA MATA contra la sociedad mercantil EL CHEF DE LAS AREPAS 3000, C.A., plenamen.....