Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como tribunal de alzada constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 23 de septiembre de 2020 por la abogada DOLORES CAMPINHO PITA, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOHNY MANUEL FARINHA DA SILVA y de la sociedad mercantil INDUSTRIAS REAL SABOR C.A., parte presuntamente agraviada, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada en fecha 22 de septiembre de 2020 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia, queda así REVOCADA la sentencia recurrida. SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado que resulte sorteado por nueva distribuc.....