En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 04 de julio de 2017, por la abogada ANA ROSA GARCIA ALCEDO en su condición de parte actora, actuando en representación propia, contra la providencia dictada en fecha 30 de junio de 2017, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: NULO el auto de fecha 9 de agosto de 2017, mediante el cual el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas oyó la apelación interpuesta
Por la naturaleza de lo actuado, no se prod.....