Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por el DR. MIGUEL ANGEL PADILLA, en su carácter de juez Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA sigue la sociedad mercantil MULTIFRANQUICIAS, C.A. contra la sociedad mercantil INMOBILIARA CHARMAR, C.A., según expediente signado con el N° AP31-V-2016-000026, de su nomenclatura particular.
SEGUNDO: Dando cumplimiento a lo ordenado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 1175 del 23-11-2010, caso: Ciro Francisco Toledo, se ordena la notificación de la presente decisión al DR. MIGUEL ANGEL PADILLA, Juez del Juzgado .....