Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN INTERPUESTA POR EL ABOGADO LUIS CABRERA, en su carácter apoderado de la parte demandante contra la sentencia dictada en fecha 6 de Agosto de 2012 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana MARÍA BEATRIZ JARDIM DA CAMARA, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.731.504 contra los ciudadanos ANDRES RICARDO ABREU GALAN; JOSE BENITO CAJIGAL RAMÓN y MARÍA ISABEL ABREU DE CAJIGAL, venezolanos, mayores de edad, de este do.....