Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto el 23 de septiembre del 2016 por los ciudadanos ROSINDA REY y JOAO MANUEL VIERA MARUJO, a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio; ANGEL F. LENTINO M, contra el auto dictado el 16 de septiembre del 2016, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas, que negó la recurso de casación ejercido el 25 de julio del 2016 por dichos ciudadanos, contra la decisión dictada el 31 de mayo del 2016 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas.
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