Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra el fallo dictado el 6 de mayo de 2014, por el Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por daño moral intentara la ciudadana AIDA ARREDONDO DE ARAUJO, contra, la Sociedad Mercantil POLICLÍNICA METROPOLITANA, C.A.
Queda CONFIRMADA la apelada, con distinta motivación.
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
En virtud que la presente decisión se pronuncio fuera del lapso l.....