En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 28 de julio del 2016, por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL NEIRA PEREIRA, en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil TAPICERÍA DEKORA V 1295, C.A., asistido por los abogados Lucio Muñoz Mantilla e Iván Muñoz Berbesi, contra la sentencia dictada el día 22 de julio de 2016 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO.- IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL NEIRA PEREIRA, en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil TAPICERÍA DEKORA V 1295, C.A., contra el auto dictado el 27 .....