Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 9 de mayo del 2011 por la abogada ANA ROSA GARCÍA ALCEDO, en su carácter de representante judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 4 de mayo del 2011 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de rendición de cuentas seguido por el ciudadano REINALDO JOSÉ HERNÁNDEZ PEREIRA contra la ciudadana MARÍA ELOÍSA GUERRA.
Queda CONFIRMADO el auto apelado.
No ha lugar a costas, por cuando no hubo actuación de la parte demandada en esta alzada.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente sentencia. Remítase el .....