Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por las sociedades mercantiles ENVASADOS H2O, C.A., GRUPO SAHHA, C.A., MIRAPLASTICOS, C.A., DESARROLLOS INMOBILIARIOS BF, C.A., INVERSIONES TCFJ, C.A., y los ciudadanos TAREK FARHAT ZEID y BILAL FARHAT ZEID, a través de sus apoderadas judiciales HERLEY JOSEFINA PAREDES JIMÉNEZ y SANDY MILAGRO GUEVARA OJEDA, identificadas en la primera parte de este fallo, contra las decisiones dictadas el 01 de diciembre de 2022, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, en el juicio que por Nulidad de Asamblea siguen las ciudadana AH.....