Por los razonamientos expresados, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento incoada por MARÍA DI IORIO YACAMPO contra la sociedad mercantil SERVICIO GERIÁTRICO DE RECUPERACIÓN LA MACARENA 2003 C.A., ambas partes suficientemente identificadas al comienzo de este fallo, en consecuencia se condena a la demandada SERVICIO GERIÁTRICO DE RECUPERACIÓN LA MACARENA 2003 C.A., a entregar a la demandante, totalmente desocupado, el inmueble arrendado, denominado quinta "FOREVER", situado en la avenida Principal de El Cafetal y calle Roraima, parcela Nº 167, urbanización Chuao, Municipio Baruta del estado Miranda, cuyos linderos y medidas son los siguientes: Norte; en cuarenta y un metros con sesenta centímetros (41,60 Mts.) las parcelas números 168 y 184, según una línea quebrada cuya parte oriental mide diez y nueve metros con.....