Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara IMPROCEDENTE la demanda que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS, interpuso la abogada ANA MARÍA BRAVO DE RAMÍREZ contra la sociedad mercantil TRANSPORTE IKA, C.A.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente procedimiento.
Por cuanto el presente fallo es dictado fuera del lapso establecido para hacerlo, se ordena su notificación a las partes