Con fundamento en las consideraciones antes expuestas, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, este Tribunal declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO interpusieron los ciudadanos MARCOS VICENTE ÁLVAREZ LEÓN y VIRGINIA GREGORIA ÁLVAREZ LEÓN contra la ciudadana LILIA IGNACIA ÁLVAREZ LEÓN. En consecuencia, se condena a la parte demandada a DESALOJAR y ENTREGAR a la parte actora el inmueble que ha ocupado en carácter de arrendataria desde el año 1994, constituido por un apartamento destinado a vivienda, distinguido con el N° 52, ubicado en el piso 5 de las Residencias Don Eduardo, situadas entre las esquinas de Cristo a Viento, Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, en el mismo buen estado en que lo recibió.
Se condena en costas a la parte demandada, toda vez que a la parte actora se le concedió todo lo que solicitó en el petitorio del libelo, en interpretación de lo establecido en el artículo 274 del Có.....